
“Multa de Sunat por Negligencia en declaración”
Nos llegó el caso de la empresa “La sociedad ABC S.A.C” , que se encuentra acogida en el Régimen Mype Tributario, esta empresa gestionaba el servicio de contabilidad con su antiguo estudio contable. Nos solicitó realizar un análisis contable y detectamos lo siguiente:
· No presentaron las declaraciones del Pdt 0621 y de la planilla-plame por 3 meses consecutivos.
· Sunat envió al buzón electrónico las notificaciones de multa por algunos periodos no declarados.
· Los periodos no declarados ocasionaron Tributos por pagar con su debido interés.
· Presentaron algunos periodos la declaración del Pdt 0621 y de la planilla-plame fuera del plazo establecido.
· El registro de venta y registro de compra no cuadraba con lo declarado en el Pdt 0621.
· Se canceló el tributo de Onp fuera del Plazo establecido.
Ante estas infracciones incurridas, se le planteó la siguiente Solución:
1° Presentar la declaración del Pdt 0621 y de la planilla-plame de los periodos pendientes.
2° Realizar el pago voluntario de multa por los periodos no notificados por Sunat.
3° Fraccionar las deudas por las multas notificadas.
4° Realizar la Cancelación de los tributos por pagar con su debido interés.
5° Rectificar los periodos que fueron incorrectamente presentados.
6° Realizar el pago voluntario de multa de la onp cancelada fuera el plazo establecido.
Realizamos una Reconstrucción contable a la empresa «La Sociedad ABC S.A.C.», solucionando las negligencias ocasionadas , ante la conformidad de la empresa nos contrató para continuar brindándole el servicio Contable.